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Aumenta la morosidad en las comunidades de vecinos

La complicada situación económica está provocando que muchos propietarios de viviendas estén dejando de pagar los recibos de la comunidad, lo que obliga al resto de vecinos a asumir la deuda. Sin embargo, existen diversas medidas que pueden llevar a cabo para conseguir que el propietario moroso acabe afrontando su deuda.

12 mar 2013 en Actualidad sobre morosos - Lectura: min.

morosos
Las comunidades de vecinos con propietarios morosos pueden adoptar diversas medidas para obligar al pago.

La crisis ha provocado que muchas familias hayan tenido que anteponer el pago de las facturas inmediatas –agua, electricidad, teléfono, etc.- al abono de los recibos de las comunidades de vecinos. Un hecho que ha derivado en el aumento de las cifras de morosos, tal y como refleja un estudio realizado por el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid, en el que se indica que, entre 2009 y 2011, los impagos aumentaron en un 46% y han llegado a afectar hasta a un 22% de las fincas de la región.

Frente a esta situación, las comunidades de vecinos se están viendo obligadas a realizar derramas o actualizar las partidas presupuestarias previstas cada año para poder cubrir el déficit de los vecinos morosos. Es decir, el resto de propietarios se ven obligados a asumir el montante impagado.

No obstante, existe la posibilidad de llevar a cabo diferentes medidas que van desde el diálogo con el vecino hasta la adopción de recursos legales. Los expertos en cuestiones de este tipo recomiendan, en el momento de detectar una morosidad en el pago, ponerse en contacto con el deudor para conocer las circunstancias personales e intentar encontrar la mejor solución a través del diálogo.

Pero en caso de que el propietario no se muestre propicio a arreglar la situación, se podrán llevar a cabo una serie de recursos legales destinados a incentivar el pago. En primer lugar, cabe la posibilidad de privarle de su derecho al voto en las juntas –no del derecho de asistencia y voz- y, también, puede hacerse visible su condición de moroso en las citaciones a las reuniones de vecinos y en las propias actas –no así en los tablones de anuncios de la comunidad, ya que el objetivo que se persigue es dar a conocer las circunstancias al resto de propietarios, pero no a terceras personas-.

A partir de ahí, la comunidad podrá iniciar los procedimientos judiciales siguiendo los pasos que marca la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) y el Código Civil, o reclamar el pago de la deuda a través de un administrador de fincas, tal y como establece el acuerdo firmado por el Colegio de Administradores de Fincas.

Foto: morosos.net

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