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Segestión: Aplicar la prevención

Gran cantidad de clientes solamente contratan nuestros servicios de prevención. Una buena manera de evitar futuros impagados.

18 nov 2013 en Actualidad sobre morosos - Lectura: min.

Desde los tiempos de los fenicios en que se empezó a normalizar el mundo del comercio y se extendió la venta a crédito, se inició la posibilidad de los impagados.

Las operaciones que se realizaban estaban sujetas al buen fin del negocio cual era el pago al proveedor por parte del que compraba la mercancía. Teniendo en cuanta que antiguamente se funcionaba con otros parámetros tales como el trueque o la venta fiada, ya se tuvieron que promulgar leyes para que los que incurrieran en no pagar fueran castigados sin que quedara impune la deuda. Vemos ya que en el Código de Hammurabi, considerado como el primer libro de Leyes, se contemplaba la morosidad. De hecho hay varios epígrafes que describen e imponen el castigo que se merecen los que no pagan. Este podía ir desde la esclavitud del moroso (hasta que no liquidara la deuda) hasta el traspaso del crédito pendiente a la familia del moroso, la cual debía hacerse cargo de su pago. Actualmente las leyes y castigos no tienen nada que ver con lo que Hammurabi describía y que, por lo visto, en la antigüedad funcionada a la perfección.

Muchos clientes me piden qué hacer para no tener impagados. No hay una fórmula mágica que garantice que cualquier venta pueda ser susceptible de ser un fallido. Desde SEGESTION siempre hemos abogado por la fórmula más sencilla que es actuar con prevención. Para ello disponemos de dos artículos estrella (con propiedad intelectual registrada por Segestion) y que nuestros clientes pueden utilizar con ánimo de prevenir la posibilidad de que el impagado se produzca. Su utilización solo es posible si se es ya cliente con contrato en vigor y, a tenor de los resultados que se obtienen, podemos afirmar que son efectivos en unos porcentajes altísimos.

El primer producto es una carta que, redactada de forma conveniente por nuestros abogados, el cliente remite a su deudor donde le indica que, siendo cliente de Segestion le requiere al pago de las facturas pendientes. De entrada el efecto es positivo ya que el deudor es avisado de que Segestion está al corriente de esta deuda y que, en caso de impago, se le reclamará formalmente llegando incluso a la demanda judicialen caso de persistir en su actitud. Esta carta da un plazo de quince días para liquidar la deuda. La gran ventaja es que, si el deudor paga la deuda, a nuestro cliente, no le cuesta ninguna comisión adicional. Cobra el cliente pero no devenga comisión alguna. Por el contrario si, pasados estos quince días, el deudor no abona su deuda, el cliente nos entrega definitivamente el expediente y se empieza la reclamación clásica en vía amistosa siguiendo el procedimiento habitual. Repetimos que la remisión de esta carta es de unos resultados óptimos. El deudor prefiere liquidar al cliente antes de que la maquinaria de la reclamación por expertos se ponga en marcha.

El segundo producto que también pueden utilizar nuestros clientes es el sello de prevención. Consiste en una estampilla de goma que se aplica en las facturas que nuestros clientes mandan a los suyos. En este sello figura la leyenda “Nuestra empresa ha encargado el recobro a Segestión”. Cuando se recibe esta factura para pagar y, ante la duda de pagar ésta u otra, hemos comprobado que la gran mayoría de posibles deudores prefieren liquidar la que lleva el sello también con el fin de evitarse problemas. Para el caso de que no se pague esta factura, Segestión, cuando empiece a reclamar, no será una desconocida para el deudor ya que su cliente ya le había notificado que sus impagados eran tramitados por el Gabinete Jurídico Segestión. Repetimos que los resultados contrastados avalan que su efectividad es muy grande.

Lógicamente y, tal y como hemos mencionado anteriormente, ambos productos solo pueden ser utilizados para clientes con contrato en vigor y son estrategias encaminadas a prevenir los impagados. Su utilización fuera de contrato no está permitida.

No quiero acabar sin mencionar la gran cantidad de clientes que solamente contratan nuestros servicios de prevención. Es decir, pagan una pequeña cuota mensual y, con los dos productos citados, evitan la posibilidad de que aparezcan impagados, y nunca, nunca, nos han encargado ningún caso.

Para más información podéis contactar con nuestros profesionales. Os informaran, sin coste alguno, del servicio de prevención de Segestión.

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