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¿Cómo actuar ante un abogado moroso?

Realizada por Pili. 26 mar 2012 6 respuestas

Cobró él mi indemnización y se ha quedado más de sus honorarios.


¿Qué hago?


Gracias.

abogado

Mejor respuesta

Si se firmó hoja de encargo habrá que estar a los honorarios pactados, y si no, yo remitiría un buro fax para pedir que me pasase una minuta detallada y realizar la oportuna comprobación a través del colegio correspondiente.

En el caso de que existan diferencias, se puede interponer la oportuna querella por apropiación indebida.

Quedo a su disposición.
Saludos.

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Los honorarios de los Abogados establecidos en los distintos Colegios son orientativos pero has de saber que serán los que se tomen en consideración, a falta de pacto previo, cuando existan discrepancias entre el Abogado y su cliente.

Es decir, los Abogados tienen plena libertad para concertar con sus clientes mediante presupuesto, hoja de encargo o contrato de prestación el precio de sus prestaciones profesionales teniendo en cuenta la complejidad, duración, resultado, etc.

Por lo tanto, entiendo que si no existe presupuesto o algo parecido en el que se haya acordado el precio, deberías acudir al Colegio correspondiente para que te faciliten los criterios orientadores de los honorarios y si consideras que son excesivos podrías someterte de común acuerdo al laudo de la Junta de Gobierno del Colegio.

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27 MAR 2012

Logo Gestideco Gestideco

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Bueno, en principio, habría que estar al caso de los honorarios pactacdos o en su defecto la minuta que marque el baremo del colegio de abogados al que este dado del alta, pero lo demás como cualquier otra persona, primero con una reclamación amistosa y en último término una reclamación judicial , eso sí, le recimiendo que busque otro abogado que le asesore.

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27 MAR 2012

Anónimo

Denunciarlo por mala praxis.

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27 MAR 2012

Logo El cobrador de Madrid El cobrador de Madrid

53 respuestas

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En primer lugar, le aconsejaríamos concertar una visita con su abogado para aclarar las cuentas. Si tiene un saldo a su favor y no se lo reintegra, podría formular una queja en el Colegio de Abogados, y/o reclamárselo judicialmente.

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27 MAR 2012

Logo Main Advisers Abogados Main Advisers Abogados

4 respuestas

Buenos días, lo que debería hacer es presentar la denuncia correspondiente en el Juzgado por un delito de apropiación indebida, el cual está tipicado en el art. 252 del Código Penal, el cual establece lo siguiente:


“Serán castigados, los que en perjuicio de otro se apropiaren o distrajeren dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble o activo patrimonial que hayan recibido en depósito, comisión o administración, o por otro título que produzca obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido, cuando la cuantía de lo apropiado exceda de cuatrocientos euros”.


En caso de que lo apropiado no exceda de 4000 euros estaríamos ante una falta de apropiación indebide tipificada en el art.623.4 del Código Penal.

De todas maneras intente hablar con el abogado antes para que le devuelva el dinero, y en su caso proceder como le he dicho.

Un saludo

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27 MAR 2012

Logo Miren Lizarralde Miren Lizarralde

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