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¿Cómo recuperar la fianza?

Realizada por Luca. 21 mar 2012 6 respuestas

La inmobiliaria aún no me ha devuelto la fianza del piso y ya han pasado tres meses. ¿Qué puedo hacer?


Gracias.

fianza , piso

Mejor respuesta

Si ha pasado el mes envía un buro fax a la inmobiliaria solicitando la devolución del dinero o la presentación de las facturas de forma inmediata.

A mi juicio existe una apropiacion indebida del importe que tiene que devolverte y por lo tanto, podrías iniciar un procedimiento penal en reclamación del dinero.

Quedo a tu disposición.
Saludos.

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Buenas:

¿La fianza del piso? Entiendo que el piso estaba en alquiler ¿o te refieres a unas arras penitenciales de una compra-venta? Es distinto.

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22 MAR 2012

jose jimenez solano

Buenos días,

Suponiendo que exista un contrato donde venga reflejada esa fianza y que no tenga comunicación alguna por parte de la Inmobiliaria de motivos que impidan o mermen dicha devolución, tendría derecho a reclamar la devolución judicialmente.

Saludos
Gestideco

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22 MAR 2012

Logo Gestideco Gestideco

11 respuestas

9 votos positivos

O bien interponer una demanda o acudir a una empresa de recobros.

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22 MAR 2012

Logo El cobrador de Madrid El cobrador de Madrid

53 respuestas

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Buenos días,

El porpietario del inmueble, o en este caso la inmobiliaria, tienen un plazo de un mes, desde entregadas las llaves, para la devolución de la fianza, descontando en su caso, lo que estimen oportuno (aportando las facturas correspondientes), ya que en caso contrario puedes exigir intereses.

Tras una negociación amistosa, y sin haber conseguido dicha entrega, puede ejercitar las acciones legales correspondientes. Si la cuantía es inferior a los 2.000 euros, puede comparecer por Usted mismo, sin abogado y procurador.

Espero que le haya servido de ayuda.

Un saludo

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22 MAR 2012

Logo Miren Lizarralde Miren Lizarralde

27 respuestas

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Desde finalizado el contrato el propietario del inmueble con la entrega de llaves, o en este caso la inmobiliaria, tiene el plazo de un mes para la devolución de la fianza, descontando en su caso lo que estime oportuno, preo presentando las facturas correspondientes. De no ser así, se pueden exigir intereses.

Un saludo

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22 MAR 2012

Anónimo

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