¿La esposa (gananciales) del deudor insolvente responde de la deuda?
Avalista insolvente. Hay un procedimiento judicial abierto del que no forma parte la esposa. ¿En el futuro se le podrían reclamar a ella el 50% de sus bienes e ingresos?
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El cónyuge de gananciales no responde de la deuda. Cuestión distinta es que de los bienes que posean en común (en dicho régimen ganancial) el 50 % pueda ser embargado y sacado a subasta, pero ella tendrá siempre su 50%
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El cónyuge en gananciales no responde de la deuda. Otra cosa es que el bien ganancial pueda llegar a ser subastado, pero la esposa siempre tendría derecho al 50% del precio de venta. Por ejemplo, si existe una vivienda en gananciales, en caso de ejecución de una sentencia la esposa no puede impedir que se subaste, pero si puede hacer suyo el 50% del precio obtenido. Lo mismo ocurre con cuentas corrientes; en caso de embargo de las mismas, la cónyuge siempre podría reclamar el 50% de ese dinero en una tercería de dominio. En cuanto a su participación en el procedimiento, lógicamente la esposa ni puede ni debe participar en el mismo; pero en el procedimiento EJECUTIVO la ley obliga a notificarle los embargos que se produzcan sobre bienes gananciales.
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Ver todas las preguntas1 respuesta, última respuesta el 10 Diciembre 2013