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Caso de recuperación de deuda internacional evitando la ruptura de relaciones comerciales.

La morosidad es uno de los problemas que causa más quebraderos de cabeza a las empresas que no se dedican a ello.

30 oct 2020 en Actualidad sobre morosos - Lectura: min.

Como miembros de la red internacional de recuperación de deuda SEKUNDI, recibimos un encargo de parte de nuestro socio Belga, quien nos solicitó que interviniésemos en el procedimiento de reclamación extrajudicial que su cliente, empresa localizada en Bélgica y dedicada al tratamiento de aire y gases industriales, había iniciado contra una empresa nacional, también dedicada al sector industrial.

El encargo consistía en recuperar una cantidad cercana a los 30.000 euros que la empresa española había dejado de abonar como consecuencia de una serie de divergencias comerciales y técnicas, relativas a los productos (filtros depuradores industriales) que nuestro cliente Belga había entregado e instalado, quedando el proyecto totalmente paralizado.

Desde la primera comunicación que recibimos, tanto nuestro cliente como nuestro socios nos hicieron participes de sus mayores preocupaciones, insistiendo en que su principal interés no era que garantizásemos la recuperación total de la deuda reclamada, sino más bien evitar perder la relación comercial mantenida con la empresa deudora, una relación que durante años había generado unas sinergias comerciales muy lucrativas y que esperaban que no tuvieran su punto y final con esta reclamación.

Tras el exhaustivo estudio de la documentación facilitada por el cliente (tanta nivel jurídico como técnico) así como la excelente coordinación que mantuvimos con nuestro socio Belga, pudimos localizar la raíz exacta del conflicto, lo que nos permitió elaborar una estrategia acorde con los intereses de nuestro cliente, así como preparar las bases de la futura negociación.

La excelente preparación previa del asunto por parte de nuestro equipo nos permitió ir dos pasos por delante en las negociaciones, las cuales culminaron con un acuerdo transaccional que se firmó en el plazo de poco más de tres semanas y por el que la empresa deudora accedió a abonar, no solo la totalidad de la cantidad reclamada, sino también parte de los gastos en los que nuestro cliente había incurrido como consecuencia de nuestra intervención.

A mayor abundamiento, ambas partes convinieron en reactivar el proyecto que hasta entonces había quedado paralizado, además de iniciar su colaboración en otros nuevos que ambas partes tenían ya sobre la mesa.

Con ello, conseguimos cumplir con todos los objetivos fijados por nuestro cliente, quien sigue contando con nuestro servicios para tratar asuntos de índole similar.

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