Lo primero que usted debe saber es que existen unos plazos dentro de los.cuales se puede iniciar la reclamación de una deuda, de unos daños, o para exigir una responsabilidad contractual, no siendo posible iniciarla fuera de esos plazos.
La regla general es que, para todas las deudas anteriores a 28 de diciembre de 2020, como el plazo de prescripción de 15 años finaliza después de esa fecha, se aplica el plazo que llegue antes: bien el de 15 años desde la fecha de incumplimiento, bien el de 5 años desde la vigencia de la modificación legal, habida cuenta que todas las deudas posteriores a 7 de octubre de 2015, prescriben ya a los 5 años.
Como reglas especiales, hemos de citar las siguientes:
- Las deudas hipotecarias prescriben a los 20 años.
- Las deudas por arrendamientos o pensiones alimenticias prescriben a los 5 años.
- Las deudas contraídas con Hacienda o la Seguridad Social prescriben a los 4 años.
- Por otro lado, las deudas de suministros prescriben a los 3 años, según la jurisprudencia mayoritaria y en base al art. 1967.3 del Código Civil. Sin embargo, un sector de la jurisprudencia entiende aplicable el plazo de 5 años, establecido en el artículo 1966.3 del mismo cuerpo legal.
- Finalmente las deudas con abogados, procuradores, notarios, registradores o peritos prescriben a los 3 años.
- Respecto a las especialidades forales, en Cataluña el plazo de prescripción general de obligaciones posee un régimen específico, de conformidad con su Código Civil. El plazo de prescripción general es de 10 años, vigente desde el 1 de enero de 2004; pero, en determinados supuestos (deudas de consumo, servicios, remuneración de ejecuciones de obra o pagos por anualidades o periodos más breves), prescriben a los 3 años.
La reclamación de la deuda exige, por tanto, en primer término, que se tengan en cuenta estas consideraciones preliminares, para así poder cursar la reclamación con todas las garantías de viabilidad. En determinadas ocasiones, no resulta fácil realizar el cómputo de los plazos, para lo cual es conveniente siempre recibir la asistencia de un abogado experto.