Acceso empresas Añade tu empresa gratis

¿Puedo llegar a arreglo si la cuenta está en juzgado pero no me han notificado?

Realizada por diana bonilla. 14 oct 2013 5 respuestas

No tengo medios, pero aun así quería llegar a un arreglo de pago para no perjudicar al fiador y no me aceptaron ni la empresa a la que debo ni los abogados que llevan el caso. Quisiera saber si es permitido o si habrá otro medio.

pago

Mejor respuesta

Los acuerdos de pago siempre pasan por la voluntad del acreedor, para lo cual en estos casos, lo conveniente es explicar la dificultad económica que se esté atravesando y comprometerse al cumplimiento de un calendario de pago que se acuerde, el cual obviamente deberá cumplirse escrupulosamente, ya que en caso contrario, el acreedor podrá reclamar sin ninguna objeción moral ni moral a través de los Tribunales.

¿Te ha resultado útil?

No

¡Gracias por tu valoración!

Gracias a Fonseca Herrero, y ¿dónde puedo contactar esa justicia gratuita o un abogado de oficio?

¿Te ha resultado útil?

No

¡Gracias por tu valoración!

21 OCT 2013

Anónimo

Gracias por el tiempo que dedicaste a contestarme. Dios te bendiga.

¿Te ha resultado útil?

No

¡Gracias por tu valoración!

21 OCT 2013

Anónimo

El acuerdo es posible en cualquier estado del procedimiento, incluso con sentencia y ejecución de la misma. Cuestión diferente es que la postura del acreedor sea más exigente en la negociación a medida que el procedimiento avanza, pues habría incurrido en gastos adicionales. Por otro lado, si su acreedor le exige la homologación de un acuerdo en vía judicial, deberá Vd. comparecer en el procedimiento con abogado y procurador. No olvide que si no tiene medios para litigar puede solicitar un abogado y procurador de oficio sin coste (justicia gratuita).

¿Te ha resultado útil?

No

¡Gracias por tu valoración!

16 OCT 2013

Logo Abogadoslb Abogadoslb

14 respuestas

32 votos positivos

A un acuerdo se puede llegar en todo momento incluso durante el procedimiento, sin embargo, para que un acuerdo se produzca son ambas partes las que tienen que suscribir el mismo y, en caso de encontrarse dentro ya del procedimiento judicial, proceder a la presentación de un escrito de renuncia de las acciones ejercitadas una vez se haya suscrito el correspondiente acuerdo.
Reciba un cordial saludo,
Ane Miren Magro

¿Te ha resultado útil?

No

¡Gracias por tu valoración!

16 OCT 2013

Logo Ercilla Abogados Ercilla Abogados

3 respuestas

2 votos positivos

Preguntas similares

Ver todas las preguntas
Embargo de cuenta corriente, ¿pueden hacerlo en mi caso?

1 respuesta, última respuesta el 04 Diciembre 2012

¿Cómo puedo saber si una empresa es solvente?

1 respuesta, última respuesta el 23 Enero 2013

He prestado dinero que no me devuelven

1 respuesta, última respuesta el 22 Febrero 2017